Debido a que siguen existiendo residuos dispuestos sobre suelo sin impermeabilizar en el eje de la Quebrada El Boldal, y aún se realizan descargas de efluentes del tratamiento terciario en la Quebrada El Aguilar.
Santiago, 28 de abril de 2020.- El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza ordenó renovar medidas provisionales a la empresa Consorcio Santa Marta S.A. titular del proyecto “Relleno Sanitario Santa Marta”, el cual consiste en la construcción, operación y abandono de un sitio de disposición final de los residuos sólidos urbanos de la zona sur de Santiago en la Región Metropolitana.
Cabe recordar, que este recinto se concibió con el fin de ofrecer una alternativa de disposición final sanitaria a los residuos sólidos urbanos de la zona sur de Santiago que se depositaban en el relleno sanitario de Lepanto. Proyecto que también considera un Sistema de Tratamiento de Lixiviados, un Sistema de Manejo de Biogás y una Central ERNC.
Sumado a lo anterior, y tras el incendio ocurrido en el lugar durante el año 2016, la SMA formuló cargos contra este relleno y le solicitó al Tribunal Ambiental de Santiago la clausura parcial del recinto, permitiendo al proyecto recibir residuos domiciliarios en un área definida como segura.
Luego, la Seremi de Salud, mediante la Resolución Exenta N° 9753/2017, aprobó el funcionamiento de los proyectos “Rehabilitación del Relleno Sanitario Santa Marta” y “Diseño geométrico definitivo Relleno Sanitario Santa Marta”.
No obstante, lo anterior, existen aún residuos dispuestos sobre suelo sin impermeabilizar en el eje de la quebrada El Boldal, además de la continua descarga de efluentes de tratamiento terciario en la quebrada El Aguilar. Debido a ello, esta Superintendencia estima necesario renovar determinadas medidas provisionales de control, con el fin monitorear el comportamiento de ciertas variables, y así poder contar con la información necesaria que permita adoptar o precisar medidas que eviten una nueva hipótesis de afectación al medio ambiente y a la salud de población.
Frente a lo anterior, la empresa deberá: reportar el volumen de residuos dispuestos, en ton/día, así como también el caudal de biogás captado de manera mensual y que ingresa a la central ENRC.
Asimismo, deberá incluir en el reporte mensual el avance del proceso de instalación de geomembranas en las nuevas etapas de impermeabilización cercanas al frente de trabajo e informar el estado actual en que se encuentra la autorización sectorial de tramitación del sector denominado Etapa 627 S-E2.
Adicionalmente, se solicitó mantener disponible el enlace web de la cámara de video que visualice la operación, reportar los caudales y volúmenes de lixiviados captados, conducidos e ingresados a la planta de tratamiento, provenientes de todas las fuentes del relleno sanitario.
Por último, deberán continuar efectuando el monitoreo de calidad de aguas superficiales y subterráneas; de manera que impidan la infiltración de los lixiviados que afloran desde la masa de residuos dispuesta en la Quebrada El Boldal, a medida que se avanza con la limpieza de la quebrada; entre otras medidas ordenadas.