- Las acciones comprometidas están orientadas a subsanar cuatro infracciones cometidas por el titular de la planta productora de inulina, debido a una operación deficiente en el tratamiento de sus residuos industriales líquidos (RILes). Lo anterior, dio origen a una formulación de cargos en noviembre de 2023.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aprobó el programa de cumplimiento presentado por la empresa ORAFTI Chile S.A., titular del proyecto “Planta Productora de Inulina Orafti Chile”, en el marco del procedimiento sancionatorio iniciado en su contra en noviembre de 2023. El proyecto, ubicado en la comuna de Pemuco, Región de Ñuble, consiste en una planta productora de inulina, ingrediente alimenticio que se obtiene al refinar la raíz de la achicoria como materia prima.
Este caso tiene como origen 19 informes de fiscalización ambiental entre los años 2013 y 2019. A lo anterior, suma un requerimiento información realizado en 2021 a la empresa con el objeto de que el titular adoptara las medidas indicadas en el mismo acto.
A raíz de estos antecedentes, y tras el análisis técnico y legal, la SMA inició un procedimiento sancionatorio en contra de la empresa, donde se le imputó cuatro cargos por: no reportar todos los parámetros de su Programa de Monitoreo; no reportar la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo; superar los límites máximos permitidos en su Programa de Monitoreo y por superar el límite máximo permitido de volumen de descarga en su Programa de Monitoreo. Todos los cargos fueron clasificados como leves.
En este marco, la empresa presentó un programa de cumplimiento, donde comprometió una serie de acciones a ejecutar en un plazo de trece meses. Entre ellas, el titular comprometió implementar mejoras a la planta de RILes existente, incluyendo la construcción y operación de un sistema de tratamiento aeróbico de lodos activados con remoción de nitrógeno y materia orgánica por nitrificación/ desnitrificación.
El tratamiento aeróbico tiene por objetivo mejorar la calidad del efluente generado por la etapa anaeróbica, reducir nitrógeno y tratar directamente la parte del RIL químico que no sea tratado por la planta anaeróbica.
El nuevo sistema aeróbico en su conjunto considera el reactor de nitrificación-denitrifcación, clarificador secundario y equipo compactador de lodos, lo cual genera cambios significativos en los parámetros DBO5, SST, pH y NTK, permitiendo así cumplir con los límites de la Tabla 2 del D.S. N°90/2000 que establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
El monto comprometido por el total de las acciones propuestas en el programa de cumplimiento (PDC) es de $4.283.240.000.
En suma, las medidas se encuentran acorde con lo exigido y esperado por la SMA, propendiendo al cumplimiento normativo ambiental y haciéndose cargo de los efectos ocasionados por las infracciones levantadas.
Cabe hacer presente que, una vez ejecutado dicho programa de cumplimiento en el plazo comprometido, la Superintendencia del Medio Ambiente evaluará las acciones implementadas y definirá su cumplimiento, declarando la ejecución satisfactoria o el reinicio del procedimiento sancionatorio, según corresponda.
Los programas de cumplimiento son planes de acciones y metas que tienen como objetivo que el infractor vuelva al cumplimiento ambiental de la normativa infringida, y se haga cargo de los efectos generados por la infracción dentro de un plazo determinado y sujeto a la evaluación posterior que realiza la SMA sobre la ejecución satisfactoria de las acciones comprometidas.
Más información de la aprobación de este programa de cumplimiento ingresando al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3512