El cuarto programa de cumplimiento más caro de la historia incorpora todas las observaciones que en su momento hizo el Primer Tribunal Ambiental, agregando nuevas medidas como reducción progresiva y permanente de extracción de agua y salmuera, gobernanza, así como monitoreos que incorporan a la comunidad.
Antofagasta, 30 de agosto de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente aprobó el nuevo Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por la minera SQM Salar S.A. el cual incorpora todas las observaciones que levantó el Primer Tribunal de Antofagasta en su sentencia dictada en la causa rol R-21-2019. La inversión que deberá destinar la empresa para subsanar las infracciones detectadas pasa a ser de las más altas en la historia de la SMA. En efecto, el costo del programa es de más de $46.000 millones.
El PdC contempla 52 acciones y medidas presentadas para subsanar las infracciones detectadas en esta unidad fiscalizable, cuyo procedimiento sancionatorio se inició en noviembre del año 2016, luego que esta Superintendencia detectara seis infracciones en dicha operación de la minera no metálica, donde se constató la sobre extracción de salmuera; afectación de algarrobos; entrega de información incompleta a la autoridad; no contar con un Plan de Contingencia para el sistema Peine; la no realización de estudios de meteorología local y regional y monitoreo de variables hidrogeológicas; y la modificación de las variables consideradas en los Planes de Contingencia.
Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra explica que “luego de la sentencia del Primer Tribunal Ambiental, la SMA realizó un análisis para incorporar y exigir todos los elementos en una nueva versión del programa de cumplimiento. Con ello, la SMA llegó al convencimiento que esta nueva versión cumple los requisitos para ser aprobado, incorporando importantes medidas como reducir la extracción de agua y de salmuera por toda la vida útil del proyecto, así como nuevos elementos de gobernanza y monitoreo participativo. Lo anterior es importante, porque uno de los ejes de la SMA es promover los incentivos al cumplimiento”, indicó la autoridad.
Por su parte, el Fiscal (s) de la Superintendencia del Medio Amiente, Benjamín Muhr señaló que “este programa de cumplimiento requirió un trabajo muy intenso de observaciones, en el cual se consideró las observaciones de las comunidades interesadas. Estimamos que garantiza el regreso al cumplimiento normativo por parte de la empresa, haciéndose cargo de todos los efectos verificados. Ahora lo que corresponde es que la SMA fiscalice acabadamente su cumplimiento”.
Dentro de las principales acciones y medidas, se destaca que la empresa se comprometió a disminuir el caudal total de extracción de agua, así como materializar una reducción sustantiva de la extracción de salmuera.
En ese contexto, se considera implementar una reducción escalonada del límite máximo de extracción de salmuera hasta llegar a 822 L/s a partir del año 2027, un poco menos del 50% de la extracción autorizada por la RCA N°226/2006; y una reducción del caudal total de agua industrial a 120 L/s, equivalentes a una reducción del 50% del caudal autorizado por la RCA N°226/2006.
A lo anterior, el programa incorpora acciones tendientes a disponer en línea información de sus seguimientos ambientales, a realizar nuevos monitoreos participativos y a intensificar los que ya tiene, lo que permitirá recopilar mayores antecedentes acerca del comportamiento de las componentes ambientales asociadas al Salar de Atacama y a disminuir las incertezas. Asimismo, se posibilita un control más intenso y transparente de la operación del proyecto.
De estos compromisos, cabe destacar la implementación y operatividad de un sistema de monitoreo en línea para la extracción de salmuera y agua industrial, la que se encuentra en ejecución desde el 3 de junio de 2019. Asimismo, se obliga a poner a disposición de la comunidad información actualizada de extracción de salmuera y agua industrial y seguimiento biótico e hidrogeológico mediante un sitio web de libre acceso público.
También, el titular compromete acciones que permiten el reconocimiento histórico de la importancia y rol de la participación de las comunidades en el Salar de Atacama. En efecto, en el PdC se comprometen acciones orientadas a implementar un programa de monitoreo participativo para el Plan de Seguimiento Ambiental Hidrogeológico (en adelante, “PSAH”), que se ejecutará luego de 1 mes contado desde la notificación de la resolución que aprueba el PDC. Sumado a lo anterior, la empresa se comprometió a diseñar e implementar un programa de formación comunitaria asociado al seguimiento ambiental en el Salar de Atacama.
En medidas para mitigar la afectación de Algarrobos, la empresa comprometió nuevas acciones temporales en su última versión del PdC, como el riego, la entrega de forraje a la comunidad, la implementación de una parcela de cultivo y forraje y el Plan de conservación con participación de la Comunidad de Camar que considera: i) Programa de producción de Algarrobos, ii) Implementación de un banco comunitario de semillas y iii) Programa de control fitosanitario.
Más información en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/1459