Club nocturno ha incumplido la Norma de Ruidos y deberá adoptar medidas para mitigar su emisión y no afectar a vecinos.
Antofagasta, 17 de mayo de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), adoptó medidas provisionales pre-procedimentales contra la discoteca Club SOHO, ubicada en la Avenida Antofagasta N°02351, comuna y región de Antofagasta, debido a la superación nocturna de la Norma de Ruido, contemplada en D.S.38/2011, que regula los niveles de presión sonora de fuentes fijas.
En este caso, la SMA ha recibido desde 2018 a la fecha 20 denuncias ciudadanas a raíz ruidos provenientes de dicho establecimiento. Frente a lo anterior, fiscalizadores de la Oficina Regional SMA de Antofagasta realizaron una inspección al interior de un domicilio cercano al club nocturno, donde se midió en horario nocturno y con la ventana abierta, constatando la superación de la normativa —que en horario nocturno fija en 45 decibeles máximos el nivel de presión sonora–. En este caso, se constataron niveles de hasta 65 decibeles, superando en 20 decibeles permitidos.
Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra informó que la “adopción de medidas provisionales, en carácter pre procedimental son necesarias porque el ruido configura un daño inminente al medio ambiente, y sobre todo a la salud de las personas expuestas a él durante un período prolongado de tiempo”, indicó la autoridad.
Frente a lo anterior, como primera medida el titular de la discoteca deberá instalar en un lugar cerrado, para evitar que sea manipulado, un dispositivo limitador de frecuencia, compresor acústico, o similar, configurado por un profesional en la materia, con el objeto de reducir el conjunto de las emisiones acústicas provenientes de los sistemas de reproducción y de amplificación del local.
Junto con lo anterior, deberá elaborar un informe técnico de diagnóstico de problemas acústicos que considere, a lo menos, un levantamiento de las características del sistema de amplificación del local y de la materialidad de las estructuras principales del local. Dicho informe, además deberá indicar sugerencias de acciones y mejoras respectivas.
También, se deberá implementar en el plazo que dure estas medidas -quince días- las mejoras propuestas por el informe detallado anteriormente. Y, por último, se prohíbe la utilización de aparatos que hagan uso de los sistemas de reproducción y amplificación del local, hasta que no se encuentre implementada la medida del primer punto.
La discoteca Club SOHO tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución, para ejecutar las medidas detalladas anteriormente. Para más información sobre estas medidas, ingresar al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/338