- Las medidas urgentes y transitorias fueron ordenadas al proyecto “Habilitación de Suelos de Patios”, el cual corresponde a la remediación de suelos ferroviarios en el área urbana de la comuna de Antofagasta.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas urgentes y transitorias (MUT) a la empresa Antofagasta Railway Company PLC (FCAB), por su proyecto de remediación de suelos denominado “Habilitación de Suelos de Patios Ferroviarios”, por superación de las concentraciones comprometidas en su resolución de calificación ambiental (RCA), en arsénico y plomo en uno de los sectores que lo componen (“Patio Bellavista”).
El proyecto, que se encuentra ubicado en el área urbana de la comuna de Antofagasta, considera la excavación de suelos donde ya existe presencia de contaminantes, por lo que las obras de remediación deben realizarse hasta niveles donde los compuestos químicos presentes sean en concentraciones que no representen un riesgo para la salud de la población o un impacto al medioambiente.
Es importante indicar que, en la RCA del proyecto, además de establecer el nivel de excavación por el que puede extenderse la remediación, define acciones para la correcta ejecución de estas actividades, como el monitoreo in situ de los elementos químicos de interés en el suelo y la implementación de una red de monitoreo de material particulado sedimentable.
Sin embargo, en actividades de fiscalización de la SMA -que consideró requerimientos de información al titular e inspecciones ambientales en terreno junto a la Seremi de Salud de Antofagasta- se pudo verificar que en el sector de “Patio Bellavista” hay una superación en las concentraciones comprometidas ambientalmente en la RCA del proyecto, respecto de los elementos químicos de interés en el suelo, principalmente arsénico y plomo, por lo que las actividades de remediación no se deben considerar terminadas, pese a lo declarado por el titular, las cuales al encontrarse en la superficie del referido sector podrían dispersarse en el ambiente.
En concreto, de acuerdo a lo revisado por la SMA, de los 26 cuadrantes que conforman el “Patio Bellavista”, 17 presentan arsénico en el suelo por sobre lo establecido por la RCA, y 2 de ellos superan las concentraciones objetivo para plomo.
Además, en las fiscalizaciones se pudo concluir que el titular no presentó los medios que acrediten la ejecución de acciones preventivas (como la humectación de los frentes de trabajo previo a la excavación, el uso de maquinaria de menor envergadura y la reducción de actividades de excavación), tras la superación de las concentraciones de los elementos químicos señalados en el sector “Patio Bellavista”, luego de haber sido detectados por la red de monitoreo de material particulado sedimentable.
Tras el análisis de los antecedentes, la SMA resolvió ordenar las siguientes medidas que deben ser ejecutadas en los plazos que se indican:
- Reiniciar la excavación de los cuadrantes que componen el sector “Patio Bellavista” que no cumplen con los niveles de remediación establecidos para el sitio (SSCL), en capas de 0,3 m repitiendo el procedimiento de excavación y verificación. Esto, hasta que se compruebe el cumplimiento de los SSCL, conforme lo establecido en su RCA, de manera que no queden dichos contaminantes expuestos en la superficie del referido sector. Esta medida deberá ejecutarse en un plazo de 6 meses o hasta que se haya efectuado la remediación, si finalizare antes.
- Implementar cierres perimetrales o barreras físicas cada vez que finalice la excavación de un cuadrante del sector “Patio Bellavista” según las concentraciones comprometidas de elementos químicos medidos in situ con el equipo de fluorescencia de rayos X (XRF). Esto, con la finalidad de impedir que las nuevas actividades de excavación en nuevos cuadrantes generen levantamiento de material particulado pudiendo intervenir los sitios ya remediados. Esta medida deberá ejecutarse en un plazo de 6 meses o hasta que se haya efectuado la remediación, si finalizare antes.
- Implementar una barrera temporal en la pasarela peatonal ubicada en el sector “Patio Bellavista”, a fin de que ésta controle y mitigue la emisión de material particulado, generado a partir de las actividades de excavación de los suelos. Esto deberá ser ejecutado dentro de 6 meses y por el período de duración de las excavaciones en los mencionados cuadrantes.
- Preparar un informe que dé cuenta de la actual ubicación de las estaciones de monitoreo de material particulado sedimentable, cuyo emplazamiento no se ajustó a lo señalado en su RCA, en un plazo de 30 días corridos.
En este sentido, la Superintendenta Marie Claude Plumer explicó que “las medidas urgentes y transitorias son un instrumento contenido en la ley orgánica de la SMA que tienen como objetivo evitar un gaño grave e inminente al medioambiente”. Así, agregó que “en este caso particular, las medidas fueron dictadas luego de verificar que el titular, a la fecha, no ha efectuado la remediación del sector “Patio Bellavista”, conforme lo establecido en la evaluación ambiental, por lo que existe un riesgo para la salud de la población que reside en las proximidades del proyecto y para el componente suelo que presenta arsénico y plomo en concentraciones que superan los valores establecidos en la evaluación”.
Para más información ingresa a este enlace del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/498