Las exigencias buscan manejar el riesgo asociado a la inestabilidad de taludes y el desprendimiento de material sobre el estero Nacimiento.

Santiago, 12 de marzo de 2020.

El superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, instruyó una serie de nuevas medidas provisionales al titular del proyecto hidroeléctrico Roblería SpA aduciendo la “existencia de un daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas”.

La construcción de un acueducto de la Central Roblería, ubicado aledaño al estero Nacimiento, en la comuna de Colbún de la Región del Maule, actualmente cuenta con un procedimiento administrativo sancionatorio en curso por posible elusión al SEIA.

La Resolución 379 del 26 de febrero de 2020 establece que “existen antecedentes que, con elementos de juicio, permiten no solo dar cuenta de la urgencia en la dictación de medidas, sino la relación que existe entre el peligro y los hechos denunciados”, sobre todo, tomando en consideración las medidas provisionales ordenadas anteriormente en 2019, y los antecedentes aportados por el titular en el cumplimiento de éstas.

La SMA estableció que, a pesar de los avances en el cumplimiento de algunas medidas provisionales, el titular “aún no ha dado solución definitiva ante las situaciones de riesgo detectadas, existiendo una necesidad urgente de cautela para prever las instancias de riesgo identificadas”.

En este sentido, la Superintendencia ha concluido que aún persiste una hipótesis de riesgo para el medio ambiente y la salud de las personas, debido no sólo a la inestabilidad de los taludes con riesgo de deslizamiento, sino también a que el estudio de capacidad de dilución del estero Nacimiento no es concluyente.

A ello se añade que el titular se encuentra actualmente ejecutando obras asociadas al acueducto en zonas de alta pendiente y baja estabilidad de taludes, que generan caídas de material por la ladera del estero Nacimiento, obras que además se encuentran paralizadas por parte de la DGA.

En el caso de las obras actualmente en ejecución, como la habilitación de un túnel y pique de acceso, éstas presentan riesgos constructivos inherentes a su naturaleza por tratarse de trabajos en profundidad y soterrados, sin contar con las autorizaciones sectoriales respectivas, ni acreditarlas y tampoco contar con estudios que indiquen una ejecución de obras con los mínimos estándares de seguridad.

Las nuevas medidas provisionales

Ante tal evidencia la SMA instruyó a la hidroeléctrica la renovación de medidas, que dicen relación con presentar un estudio que dé cuenta de las características físicas del sector “Polígono General Bari”, junto con los permisos respectivos emitidos por parte de la Escuela de Artillería del Ejército de Chile, provincia de Linares, Región del Maule. Además, el referido informe deberá contener un detalle de las acciones y actividades realizadas para el acondicionamiento del camino hacia dicho sector.

También deberá presentar un estudio actualizado respecto a la capacidad de dilución del estero Nacimiento, en forma complementaria al ya presentado; así como un plan de trabajo para la implementación de un sistema de control de taludes para la retención de tierra, rocas y material vegetal que pueda desprenderse del sector del trazado del acueducto, considerando todos los puntos del trazado identificados por el titular como sectores con riesgo de deslizamiento de material, incluyendo el sector del túnel e identificando las acciones y plazo de ejecución.

Adicionalmente se requiere un estudio de geotecnia, que asegure la estabilidad del talud donde se realizan las obras, y que determine las medidas de prevención y/o contención con objeto de resguardar la seguridad frente a posibles deslizamientos; e informar a la Superintendencia sobre las obras que está ejecutando en los puntos identificados por la Dirección General de Aguas, señalando las medidas de seguridad y contención implementadas, si corresponde, remitiendo la documentación técnica correspondiente, y fotografías fechadas y georreferenciadas del sector donde se trabaja.

Por último, en caso de que el titular obtenga alzamiento de la paralización de las obras que fue decretada por la Dirección General de Aguas respectiva, se deberá informar de tal circunstancia ante la SMA en el plazo máximo de 2 días hábiles desde notificado el pronunciamiento.

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