El nuevo PPDA RM establece la obligación de actualizar un registro de las fuentes estacionarias, como las calderas, hornos panaderos y procesos con combustión y sin combustión.
Santiago, 1 de junio de 2018. De acuerdo al artículo 48 del D.S. N° 31/2017 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para la Región Metropolitana de Santiago, la Superintendencia del Medio Ambiente deberá mantener actualizado un registro de las fuentes estacionarias de la región. En dicho contexto, la SMA ha dado inicio a la elaboración del “Catastro de Fuentes Estacionarias RM” con el objetivo principal de contar con una base de datos, que en complemento con la información histórica de la SEREMI de Salud RM, de cuenta de las fuentes estacionarias en la Región Metropolitana.
Para contar con dicho catastro, es necesario que las instalaciones que cuenten con fuentes estacionarias del tipo calderas, procesos con combustión y sin combustión y/u hornos panaderos, de acuerdo a lo definido por el mencionado decreto, llenen las planillas dispuestas por la SMA para registrar su información.
Para ayudar a la comprensión de la obligación, la SMA provee de una “Guía de llenado para la Generación del Catastro de Fuentes Estacionarias RM”.
La guía explica cómo llenar el catastro, el que básicamente considera dos etapas, una con las características del establecimiento y otra con los datos de las fuentes estacionarias, levantado antecedentes específicos respecto del tipo de fuente, condición operacional, estado según lo establecido en el D.S.N°31/2017, potencia térmica nominal, tipo de combustible que utiliza, consumo nominal del combustible, entre otros antecedentes.
Más información en:
-Formularios para completar características de establecimiento y antecedentes específicos.