El proyecto La Cumbre considera parcelaciones en una zona declarada saturada y latente, mientras que el Proyecto Parque Capital tiene instalaciones industriales que pueden generar emisiones en umbrales superiores a los establecidos.
Santiago, 25 de febrero de 2020.
El superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, inició dos procedimientos de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Uno referido al proyecto inmobiliario “La Cumbre” y otro de desarrollo industrial denominado “Parque Capital”, ubicados en Colina y Lampa, respectivamente.
En la resolución exenta 306 del 14 de febrero, la autoridad pidió una serie de antecedentes para indagar si el proyecto “La Cumbre”, de la inmobiliaria e inversiones La Cumbre Oriente SpA, debe someterse a evaluación previa de su impacto ambiental, dado que correspondería a un proyecto que cumple con lo establecido en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
“La Cumbre”, es un proyecto ubicado en Camino Pie Andino s/n, Km 14,5, y fue uno de los tres proyectos inmobiliarios que denunció ante la SMA la Municipalidad de Colina el pasado 14 de enero, luego de lo cual este organismo realizó una inspección in situ y un análisis documental del caso a partir de los antecedentes proporcionados por el titular.
En la fiscalización se constató que se encuentra un camino de acceso pavimentado al área del proyecto, una portería y una sala de venta de sitios; que trabajan aproximadamente 60 personas y que las obras están a cargo de la constructora Comercial y Servicios Núcleo. Actualmente construyen pavimentos y obras de evacuación de aguas lluvias e instalación de red de agua potable y eléctrica subterránea.
También se detectó instalación de faenas, acumulación de material térreo y tubería de agua potable. El proyecto contempla el loteo de 296 parcelas de 5.000 m2 cada una y una superficie total de aproximadamente 257 hectáreas.
La SMA establece en su resolución que el proyecto “La Cumbre” se encuentra dentro de una causal de ingreso al SEIA, ya que se emplaza en una zona declarada saturada y latente por cuatro contaminantes atmosféricos: material particulado respirable MP10, partículas totales en suspensión, ozono y monóxido de carbono.
La eventual elusión ambiental del proyecto Parque Capital, en Lampa
La misma conclusión respecto a una eventual elusión emitió la Superintendencia sobre el titular del proyecto Etapa II del Condominio Industrial Parque Capital, en Lampa, a través de la resolución exenta 315 del 18 de febrero.
Ello, porque sostiene que antecedentes como la promoción extensiva de la modalidad “proyectos a medida” y el carácter industrial del Condominio, entre otros, “permiten presumir fundadamente que el alcance de las instalaciones industriales desarrolladas por Parque Capital será mayor al de la sola bodega construida”.
Este proyecto, ubicado en Crucero Peralilo s/n, Lampa, se promociona como “un polo consolidado de desarrollo industrial”, “único en formato 100% condominio”, “una solución urbanística para agrupar una serie de actividades industriales en un solo terreno, como el desarrollo de actividades logísticas, de almacenamiento, industriales y fabriles”, “con un terreno que considera 400 hectáreas cumple con el mayor estándar de calidad, cuenta con hasta 99 terrenos independientes, cuyos tamaños varían entre las 2,5 y las 100 hectáreas”.
Además, entre sus principales características destaca la pavimentación de vialidad y circunvalaciones con hormigón armado, servicios sanitarios, suministro eléctrico y alumbrado Led, fibra óptica, sistemas de seguridad de última generación, cierre perimetral y control de acceso y seguridad 24 horas.
La SMA establece que los “proyectos a medida” pueden tener también carácter industrial, puesto que se trata de instalaciones industriales y pueden generar emisiones en umbrales superiores a los establecidos.
Con esta decisión, ambos proyectos ahora deberán presentar sus defensas a la SMA, quien luego de recibir el informe del Servicio de Evaluación Ambiental, deberá decidir si las elusiones son efectivas o no.
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