La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio donde se imputan tres cargos graves y uno leve, tras constatar problemas con gestión de residuos líquidos industriales (RILes). La empresa arriesga una multa por sobre los $10 mil millones, equivalentes a más de USD 12 millones.

Maule, Región del Maule, 28 de abril de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cuatro cargos contra la empresa Bodegas y Viñedos Riberas del Maule S.A. ubicada en la comuna del Maule, Región del Maule, luego de constatar problemas en la gestión de RILes. La compañía es titular del proyecto “Sistema de Tratamiento para disponer RILes al suelo mediante micro aspersores en Bodega de Vinos de Bodegas y Viñedos Riberas del Maule S.A.”, que constituye la unidad fiscalizable “Viñedos Riberas del Maule”.

Este caso tiene como origen una denuncia derivada por el director regional (S) del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la Región del Maule, quien informó la existencia de una denuncia por descarga de RILes al canal de riego de la zona. Luego de realizar inspecciones en terreno en 2019 en conjunto con fiscalizadores del SAG, se pudo constatar un mal manejo de gestión de residuos líquidos industriales por parte del titular.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra explicó que “Luego del análisis del Departamento de Sanción y Cumplimiento, la instructora del caso formuló cuatro cargos contra la empresa Bodegas y Viñedos Riberas del Maule S.A, los cuales guardan relación con el incumplimiento de obligaciones ambientales asociadas a la gestión de residuos líquidos industriales. La empresa infractora arriesga una multa por sobre los $10mil millones”, afirmó la autoridad.

Tras analizar los antecedentes recabados en terreno y análisis de documentación, la SMA ha formulado cuatro cargos. Tres de ellos fueron catalogado como graves. El primero consiste en que en el Sistema de Tratamiento de RILes no se realizó conforme a lo dispuesto al permiso ambiental, por cuanto, el titular no cuenta con sistema de oxigenación y no se encuentra operativo el sistema de neutralización; el pozo de acumulación es utilizado como parte del sistema de decantación de sólidos, cambiando su función originalmente aprobada; la empresa implementó dos piscinas que cumplen la función de almacenamiento del pozo de acumulación originalmente aprobado; y no implementó el filtro de arena para material fino.

Respecto a la segunda infracción, el titular realizó descargas no autorizada de RILes a cauce de agua superficial desde el canal matriz del sistema de recolección de residuos hacia cauce superficial ubicado al interior del predio; y realizó descarga de RILes por su rebalse y escurrimiento desde la segunda piscina de acumulación, hacia un cauce superficial ubicado al norte del predio.

La tercera infracción, se sustenta porque el titular no implementó el sistema de riego mediante micro aspersión aprobado ambientalmente, realizando dicha actividad mediante sistema de tendido a través de una manguera.

Y con respecto a la infracción leve, la empresa hizo omisión de efectuar monitoreos de RILes y control de caudal, puesto que no cuenta con registro de las aplicaciones de residuos; inexistencia de cámara para monitoreo del efluente (RILes); y no realizó los monitoreos de residuos, en el período comprendido entre los años 2019 y 2020.

Cabe destacar que la Ley Orgánica de la SMA, establece que las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la RCA, clausura, o multa de hasta cinco 5.000 UTA. Y, las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 UTA.

La empresa Bodegas y Viñedos Riberas del Maule S.A. tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación del inicio del proceso sancionatorio.

Para obtener mayores detalles de este caso, puede acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2875