La institución cuenta con 5 equipos que miden ruidos en forma constante, lo cual sirve para apoyar las labores de fiscalización que deben hacer las y los fiscalizadores desde el domicilio de los denunciantes. En Iquique se han instalado dos sensores en Paseo Baquedano y Península, zonas que albergan pubs y discoteques con denuncias ciudadanas.
Iquique, 17 de agosto de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) presentó a la ciudadanía, en el Paseo Baquedano de la ciudad de Iquique, uno de los dos sensores de monitoreo continuo de ruidos. La actividad contó con la presencia del Subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, quien se encuentra de visita oficial en la región de Tarapacá.
“Valoramos el trabajo que realiza la Superintendencia del Medio Ambiente a través del uso de sensores de monitoreo continuo de ruido, porque son de gran ayuda para sus labores de fiscalización. Tienen impacto positivo en la calidad de vida de los habitantes de Iquique. El ruido es un contaminante invisible que afecta la salud de las personas, por eso actualmente estamos revisando la normativa para fortalecer la gestión del control del ruido. Nuestro foco como gobierno es poner la vida y el bienestar en el centro de nuestras acciones”, afirmó el Subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño.
“Estos sensores sirven para apoyar la labor de fiscalización en terreno, permitiendo saber los horarios de mayor molestia para las y los vecinos afectados, y a la vez, permiten verificar el cumplimiento de medidas provisionales dictadas en contra de pubs y discoteques de la ciudad”, comentó Valeska Muñoz, jefa (S) de la Oficina Regional de Tarapacá de la SMA.
Cabe destacar que el D.S. 38/2011, que regula los niveles de presión sonora, especifica que las mediciones de ruido deben realizarse desde los hogares afectados, con un sonómetro debidamente calibrado y operado por un/una fiscalizador/a capacitado para realizar esas labores. Esto es crucial a la hora de dictar medidas provisionales -cuando se supera ampliamente la normativa y se requieren clausuras parciales o totales- o cuando se inician procesos sancionatorios contra infractores de la normativa.
En el caso de la ciudad de Iquique, los ruidos concentran un 64% de las denuncias, mientras que a nivel nacional estas alcanzan casi el 50%. Debido a una gran cantidad de casos, se destinaron a esa zona del país 2 de los 5 sensores de monitoreo continuo de ruido con que cuenta la SMA, los cuales se van rotando en distintas regiones del país para atender denuncias de la ciudadanía.
“Hemos dictado cuatro medidas provisionales contra los pubs Hell Street Bar, Pub Restaurante Lux, 911 Bar Lounge y Pub Azotea, todos ubicados en el sector Baquedano de Iquique. En estos se registraron superaciones históricas de la norma, con casi 90 decibeles en horario nocturno, lo cual supera ampliamente la norma de 45 decibeles en ese horario. Uno de los sensores que hoy presentamos, se instalará en esta zona y nos permitirá monitorear continuamente si las empresas incumplen las medidas de prohibición de uso de parlantes”, ejemplifica Muñoz.
Adicionalmente, la jefa regional cuenta que la Ilustre Municipalidad de Iquique solicitó por oficio las denuncias contra pubs y discoteques en este período de análisis de patentes municipales. “Esta es una de las medidas que nace del Comité Provincial de Seguridad Pública, donde participan la Subsecretaría de Prevención del Delito, Carabineros, las municipalidades, la Seremi de Medio Ambiente, entre otros, y sin duda es un tema que ayuda, ya que si se condiciona la renovación de patentes a que los recintos nocturnos tomen las medidas para adecuar su operación a la norma de ruidos, es sin duda un gran paso”, dice la jefa regional.
Norma de ruido: La regulación ambiental corresponde al D.S. 38/2011 que fija límites de presión sonora permitidos para fuentes fijas, como, por ejemplo: actividades industriales, recintos comerciales, de recreación y educacionales. No entran dentro de esta normativa el tráfico terrestre, marítimo o aéreo, las ferias libres, la actividad propia del uso de las viviendas (voces, circulación al interior, reuniones, mascotas, electrodomésticos, arreglos ni reparaciones domésticas). Tampoco regula la circulación vehicular peatonal, eventos, actos, manifestaciones, propaganda, ferias, comercio ambulante o similares; sistemas de alarma y emergencia; ni Voladuras y/o tronaduras.