• Proceso que será reforzado con la realización de un webinar informativo, trasmitido por el canal de Youtube de la SMA, el 7 de agosto desde las 10.00 horas.

Santiago, 21 de julio de 2023.- La Superintendencia del Medio Ambiente informa que, a partir del 24 de julio de 2023, a través del portal web (https://sisat.sma.gob.cl/login/cu), pondrá a disposición de los usuarios el módulo de normas de emisión de productos, en el Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), el cual permitirá la declaración de importadores de acuerdo con lo establecido en la Res. Ex. SMA 2207/2022, para el control de las normas de emisión fijadas en el D.S. MMA 38/2020 y D.S. MMA 39/2021. Esta implementación se compone de tres fases:

  1. Fase registro regulados, que se extiende desde el 24 de julio hasta el 04 de agosto y consiste en el registro de importadores y otros regulados. Para ello, el/la representante deberá ingresar con clave única a la plataforma y adjuntar la documentación que acredite la vigencia de la sociedad y el poder con el cual actúa en representación de la empresa. Documentación requerida:
    1. Copia simple cédula de identidad de quien actúa.
    2. Copia escritura pública de constitución de la sociedad con certificación de vigencia no superior a seis meses.
    3. Copia del poder con el cual el/la interesado/a actúa a nombre de la sociedad con certificación de vigencia no superior a seis meses (salvo que ello se encuentre en la escritura de constitución de la sociedad).

De conformidad a lo establecido en los artículos 13 y 22 de la Ley 19.880, el poder para representar a la empresa debe ser suscrito por medio de firma electrónica. Más información en este enlace: https://www.entidadacreditadora.gob.cl/

En esta primera fase, la SMA revisará y verificará que la documentación esté correcta. En ese caso, el/la interesado/a quedará habilitado para las siguientes fases. En caso de que no sea así, este servicio lo observará oportunamente para que pueda reingresar la solicitud de registro de regulado. Se hace presente que la solicitud de registro de regulados o el reingreso que sea realizado después del 04 de agosto tendrá un plazo de verificación de la información de 20 días hábiles.

  1. Fase registro de productos, que se inicia el día 07 de agosto y consiste en una declaración sobre los productos que el interesado proyecta ingresar a Chile. Documentación requerida:
    1. Certificado o documento base de las emisiones del producto, de acuerdo con lo indicado en la Res. Ex. SMA 2207/2022.

Se hace presente que la rectificación de la declaración de productos deberá ser solicitada a través del formulario de atención ciudadana oac.sma.gob.cl y será analizado en un plazo de 20 días hábiles.

  1. Fase declaración internación, que se inicia el 14 de agosto y consiste en una declaración de los productos que serán internados, los cuales, deben haber sido registrados previamente.

Adicionalmente, se comunica que el 7 de agosto, a las 10.00 horas, se realizará un webinar de asistencia al cumplimiento, donde se tratará la implementación del módulo de Normas de Emisión de Productos del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT). La transmisión será a través del canal de Youtube de la SMA.