• Tras la publicación de la iniciativa, ambos organismos acordaron suscribir un convenio de colaboración y coordinación, con el objetivo de facilitar el traspaso e intercambio de información y capacitar a funcionarios de las instituciones.

Santiago, 29 de agosto de 2023. En el marco de la publicación en el Diario Oficial de la Ley de Delitos Económicos y Medio Ambiente, es que el Ministerio Público y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) firmaron hoy un convenio de cooperación y colaboración entre ambos organismos, con el fin fortalecer la relación interinstitucional.

El documento fue suscrito por el Fiscal Nacional, Ángel Valencia, y la Superintendenta Marie Claude Plumer, y busca permitir el traspaso e intercambio expedito de información dentro de los márgenes de la ley. Para esto, se establecerá una mesa de trabajo destinada a garantizar una coordinación eficaz.

Además de esto, ambas instituciones llevarán a cabo programas de formación dirigidos a los funcionarios, abarcando áreas de su competencia específica. Por un lado, el Ministerio Público ofrecerá capacitación en áreas de persecución e investigación penal. Por otro lado, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) brindará formación sobre infracciones administrativas ambientales, procedimientos administrativos sancionadores y su operatividad.

Luego de firmado el documento, el Fiscal Nacional, señaló que “este un paso concreto hacia la implementación de nuevas infracciones medioambientales establecidas por la ley 21.595 de delitos económicos. Lo que buscamos es que, desde un inicio, el Ministerio Público tenga una colaboración directa con la autoridad fiscalizadora medioambiental, llevando a cabo coordinaciones operativas, entrenamientos conjuntos y otras acciones derivadas de manera colaborativa en línea con la nueva legislación”.

Por su parte, la Superintendenta sostuvo que “este convenio nos permitirá trabajar de forma sinérgica, estableciendo un canal de cooperación y mesa de trabajo con el Ministerio Público, que permita asegurar un trabajo constante y permanente entre ambas instituciones, de tal manera de asegurar una regla de coordinación efectiva entre ellas, en especial en materia de la Ley de Delitos Económicos y Atentados al Medio Ambiente”.

Ley de Delitos Económicos y Medio Ambiente

Cabe indicar que la Ley 21.595 de Delitos Económicos y Medio Ambiente -que fue publicada el pasado 17 de agosto en el Diario Oficial – establece diversas modificaciones para prevenir la comisión de delitos económicos, a través de la imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, así como a directivos y gerentes de empresas.

Para ello, se crean cuatro categorías de delitos para determinar si estos deben o no, ser considerados económicos. Dentro de los delitos de primera categoría se encuentran los cometidos contra el Mercado de Valores y bancarios; de segunda categoría se encuentran los delitos tributarios y contra el medio ambiente; de tercera categoría si es que existe malversación de caudales públicos y cohecho; y de cuarta categoría están el lavado de activos y receptación cuando tengan como base algún delito considerado económico.

Así, en materia ambiental, se incorporan al Código Penal, los delitos de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de contravención reiterada a instrumentos ambientales, los de afectación grave al medio ambiente y los de afectación grave a áreas protegidas. Además, se modifica el artículo segundo de la ley N° 20.417, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, incluyendo nuevos delitos ambientales.