- La Ilustre Municipalidad de Ancud deberá pagar una multa de más de $185 millones, luego de que la Superintendencia imputara -durante el mes de abril- tres cargos graves, entre ellos la operación del relleno sanitario atendiendo a una población superior a las 5.000 personas, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental, generando malos olores en la zona donde opera y problemas con el colector de aguas lluvia.
Ancud, 22 de noviembre de 2023. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informa que, con fecha 21 de noviembre de 2023, el Ilustre Tercer Tribunal Ambiental dictó sentencia en la causa rol N° R 11-2023, confirmando la sanción aplicada por la institución contra la Municipalidad de Ancud, titular del proyecto “Relleno Sanitario Puntra”, por tres infracciones cursadas por incumplimientos ambientales, todas de carácter grave, con una multa de 242,2 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $185 millones. De esta forma, fue rechazada la reclamación del municipio en contra de la resolución sancionatoria.
El principal argumento reclamado por el titular del relleno sanitario ante el tribunal es que carecía “de responsabilidad en la infracción y debe ser exculpada en razón de haber actuado motivada por la obediencia debida a una orden de la autoridad”, en específico de la autoridad sanitaria, que habría ordenado su operación inmediata durante la alerta sanitaria.
Sin embargo, el Tercer Tribunal Ambiental indicó en su fallo que la vigencia de la alerta sanitaria y la autorización de funcionamiento entregada por la autoridad sanitaria, en “ningún modo lo justifican para excepcionarse del régimen legal aplicable a su actividad, o mantenerse operando indefinidamente en el tiempo sin lograr obtener una resolución de calificación ambiental”. Así las cosas, recalcó que “si bien la Municipalidad se encontraba en el deber de operar el relleno sanitario de manera inmediata durante la alerta sanitaria (…), también estaba obligado a iniciar la evaluación ambiental”.
Cabe recordar que la primera infracción imputada por esta Superintendencia se sustentó en que la Municipalidad de Ancud opera un relleno sanitario sin contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA) – cualquier lugar de tratamiento o disposición de residuos sólidos domiciliarios que atienda a una población de más de 5.000 personas debe contar con este permiso ambiental— generando malos olores y problemas en el conector de aguas lluvia.
A la vez, se sancionó el incumplimiento de medidas provisionales, debido a que la administración del relleno Puntra no retiró las aguas mezcladas con residuos para disponerlas en un lugar autorizado, recirculando líquidos lixiviados en zanjas, lo cual genera un riesgo para el medioambiente.
Por último, se le imputó incumplir el requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ordenado de forma previa al inicio del procedimiento sancionatorio.
Al respecto, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló que “se trata de una buena noticia la validación que se da a la sanción puesta por la SMA. El fallo del tribunal confirma que la normativa ambiental debe ser cumplida sin excepciones y que los titulares de proyectos deben adecuarse a las reglas del juego. Es clave que los proyectos sean evaluados en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental previo a su ejecución con el objetivo de que se determinen los compromisos que deben cumplirse para no afectar al medioambiente”.
Por su parte, la jefa regional de la SMA en Los Lagos, Ivonne Mansilla, agregó que “este relleno sanitario ha sido denunciado en múltiples ocasiones por malos olores, generación de vectores y otros problemas, lo que ha generado un menoscabo para las comunidades aledañas a este lugar”.
Descripción del proyecto
El Relleno Sanitario Puntra se encuentra aproximadamente a 3 kilómetros del Santuario de la Naturaleza “Humedales de la Cuenca del Río Chepu” y aproximadamente 5 kilómetros del poblado más cercano de Estación Puntra. Su funcionamiento se enmarcó en el Decreto de Alerta Sanitaria para la provincia de Chiloé (2019) y actualmente se encuentra en etapa de abandono.
Para más detalles de este caso, ingresar al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) en este link: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2591