- Esto debido a que el titular se encuentra operando un plantel de postura avícola con una capacidad para alojar diariamente a una cantidad de, al menos, 430.000 animales avícolas, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
Región de Ñuble, 13 de junio de 2024. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en contra del titular Felipe Reyes Corvalán, por la ejecución del proyecto Plantel Avícola El Porvenir, ubicado en la comuna de San Carlos, Región de Ñuble, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
En la actualidad, el proyecto consiste en una planta avícola para la producción de 340 mil unidades de huevos al día, con cerca de 430 mil unidades de aves distribuidas en 13 galpones de producción y tres de crianza. Cabe indicar que, en sus inicios en el año 1997, el proyecto tenía una condición inicial de 90 mil animales avícolas.
La investigación tiene como origen ocho denuncias ingresadas a la Superintendencia, relacionadas con una posible elusión al SEIA, la existencia de malos olores, traslado de guano y presencia de vectores, entre otras materias. Por esta razón se realizaron distintas actividades de fiscalización, una de ellas referida a un requerimiento de información realizado al titular, el cual, no ha sido respondido hasta la fecha.
Como resultado de la fiscalización, la Superintendencia del Medio Ambiente indicó que existen indicios suficientes para iniciar un procedimiento de requerimiento de ingreso al proyecto, en virtud de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) por la modificación de un proyecto o actividad.
La Superintendenta Marie Claude Pumer explicó que “el objetivo de iniciar un procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA es adoptar una postura correctiva respecto de un proyecto, ya que, de confirmarse la elusión, el titular deberá obligatoriamente someterse a la evaluación ambiental. Acá es importante recordar que el cumplimiento ambiental es un imperativo para el funcionamiento de cualquier actividad económica”.
Por su parte, el jefe de la Oficina Regional de la SMA en Ñuble, Cristian Lineros, indicó que “en las actividades de fiscalización se pudo constatar que el proyecto aumentó su condición de producción de manera sustantiva. Por esa razón, y en atención a las denuncias que han ingresado a la SMA por este tema, es importante que el titular se haga cargo de la ampliación de su proyecto”.
Hay que indicar que este acto no constituye por sí mismo un requerimiento de ingreso al SEIA, sino que da inicio formal al procedimiento que tiene como objetivo recabar antecedentes que permitan a la SMA determinar si corresponde o no exigir el ingreso.
El titular tiene un plazo de 15 días hábiles desde la notificación para enviar las observaciones, alegaciones o pruebas que estime pertinente frente a la hipótesis de elusión al SEIA.
Para más información del caso, ingresar a la página del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/RequerimientoIngreso/Ficha/202