- Fiscalizaciones de la SMA motivadas por denuncias ciudadanas constataron la falta de conducción e incineración de vahos no condensables en calderas, además de la emisión continua de olores hacia el exterior en su planta de procesamiento de mortalidad ensilada.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio mediante la formulación de un cargo de carácter grave contra la empresa Pesquera La Portada S.A., titular del proyecto “Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos-Pesquera La Portada” (RCA N° 429/2005), ubicado en la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos.
La unidad fiscalizable corresponde a una planta procesadora de recursos hidrobiológicos destinada a la elaboración de harina y aceite de pescado, además de contar con una línea de proceso para el tratamiento de mortalidad ensilada.
La investigación tuvo su origen en denuncias ciudadanas ingresadas ante la SMA relativas a la percepción de malos olores en sectores aledaños. En este contexto, la Oficina Regional de Los Lagos realizó inspecciones ambientales en terreno en octubre y noviembre de 2023, junto con un análisis de antecedentes operativos de la instalación.
Tras el análisis de la información, la SMA formuló un cargo clasificado como grave debido a las siguientes infracciones a las medidas de captación y control de olores dispuestas en su Resolución de Calificación Ambiental:
- Cargo N° 1: Incumplimiento de las medidas de captación, control de olores y manejo de vahos. Específicamente, se constató la falta de conducción hacia las calderas del flujo restante de vahos no condensables del sistema de lavado de gases de la planta de harina y aceite de pescado para su combustión. Adicionalmente, no se implementaron las medidas de captación y aislamiento de olores en la planta de hidrolizado (galpón de proceso de mortalidad ensilada), verificándose la emisión continua de gases y olores hacia el exterior a través de ductos en su techumbre.
Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, señaló que “las exigencias establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental son obligatorias para los titulares. En este caso, la División de Sanción y Cumplimiento estimó que el sistema de control de olores operaba al margen de lo autorizado en su RCA, generando emisiones continuas que impactaron a los vecinos del sector. Ahora el titular tiene la posibilidad de presentar defensas o un programa de cumplimiento”.
Respecto a las sanciones, la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA) dispone que las infracciones clasificadas como graves pueden ser objeto de la revocación de la RCA, clausura o una multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
La empresa dispone de un plazo ampliado de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos, contados desde su notificación.
Para más información sobre este procedimiento sancionatorio, puede acceder al expediente público en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4680


