- Esto, por efectos no previstos en la evaluación ambiental del proyecto subestación seccionadora Roncacho. Lo anterior, tras la aparición de las especies Salamanqueja del Norte Grande (Phyllodactylus gerrhopygus) y Corredor de Arica (Microlophus yanezi) durante la fase de construcción.
Región de Arica y Parinacota, 11 de julio de 2024.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó a la empresa Engie Energía Chile S.A., titular del “Proyecto nueva subestación seccionadora Roncacho” -calificado ambientalmente favorable a través de la RCA N°2/2022-, la adopción de Medidas Urgentes y Transitorias por un plazo de 60 días corridos, por efectos no previstos en la evaluación ambiental, tras la aparición de especies no identificadas en su permiso ambiental.
El proyecto consiste en la construcción de una subestación eléctrica seccionadora, asociada a la línea de transmisión de alto voltaje “2×220 kV Nueva Pozo Almonte – Parinacota”, que apunta a permitir la conexión de nuevos proyectos de generación y trasmisión en el sector. Se encuentra ubicado en la comuna de Camarones, en la zona interior de la Pampa Camarones.
En la actualidad, el proyecto se encuentra en fase de construcción. De acuerdo a lo establecido en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la fase de desarrollo sólo podrá ser ejecutada durante la época de nidificación horario diurno de la Golondrina de Mar Negra (Oceanodroma markhami), es decir, entre febrero y mayo.
Cabe destacar, que este caso tiene como origen una solicitud de permiso de rescate y relocalización de fauna con fines de investigación al SAG regional, por parte de la empresa, debido al hallazgo de los ejemplares Salamanqueja del Norte Grande y Corredor de Arica. Frente a lo anterior, el SAG respondió al titular que esta situación correspondería a un permiso ambiental sectorial otorgado en razón de una RCA favorable, por lo que debía ser informado a la SMA.
Posteriormente, y a casi un mes de respuesta del SAG regional, la empresa informó a la Oficina de la SMA en Arica y Parinacota la ocurrencia de impactos no previstos asociados a la colonización de especies de baja movilidad en la instalación de faenas, correspondientes a las especies mencionadas.
En esta comunicación, la empresa adjuntó un documento denominado “Formulario de Solicitud de captura de animales de especies protegidas de fauna silvestre, con fines de investigación o exhibición científica” y un cronograma de trabajo para las labores de desarme. El primero acompaña la evidencia el registro de las especies, mientras que el segundo informa como fecha de inicio de las labores de desarme, la semana ahora en curso, correspondiente a la del 8 de julio de 2024.
En la misma instancia se informó el lugar en donde sería realizada la relocalización de las especies encontradas, declarado que serían llevadas a un área inmediatamente próxima a sectores de anidación de la Golondrina de Mar Negra -clasificada en estado de conservación “En Peligro”- y en un mes en el que dicha especie se encuentra en pleno periodo de nidificación, el que comprende los meses entre junio y enero.
Frente a lo anterior, esta Superintendencia resolvió ordenar Medidas Urgente y Transitorias contra el titular del proyecto. Al respecto, la Superintendenta Marie Claude Plumer relevó que “las medidas ordenadas tienen como finalidad el resguardo de las especies involucradas, de tal manera de impedir su afectación. Es importante recalcar que las empresas o titulares de proyectos, no sólo deben contar con una RCA para funcionar, sino que deben cumplir con las exigencias establecidas en dicho permiso, y asumir inmediatamente las acciones necesarias para abordar la ocurrencia de impactos no previstos”.
La primera medida prohíbe la realización de actividades de limpieza, desmantelamiento, reubicación o desmovilización de instalaciones temporales utilizadas en la construcción del proyecto Subestación Seleccionadora Roncacho. Lo anterior, considera cualquier actividad destinada a estos fines: i) el ingreso de equipos, maquinaria y personal; ii) ejecución de actividades previas a la desmovilización; iii) desmovilización de containers, de instalaciones sanitarias, de la bodega de residuos, de generadores, del área de materiales y escombros; iv) el retiro de equipos y; v) la normalización del área.
Además, la empresa deberá presentar un informe respecto a la presencia de las especies Salamanqueja del Norte Grande (Phyllodactylus gerrhopygus) y Corredor de Arica (Microlophus yanezi), considerando al menos la misma área de influencia considerada por el Informe de Ecosistema Terrestre contenido en el mencionado Anexo 2-2, de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto.Informe que deberá evaluar especialmente el efecto que tendría la relocalización de individuos de interés en los sitios cercanos a zonas de nidificación de Golondrinas de Mar Negra (Oceanodroma markhami).
Junto con lo anterior, el titular del proyecto deberá presentar un cronograma revisado de actividades a ejecutar en relación a la limpieza, desmantelamiento, reubicación o desmovilización de instalaciones temporales utilizadas en la construcción del proyecto Subestación Seleccionadora Roncacho, que considere las actividades necesarias para levantar la información requerida en la medida precedente, además de la tramitación de los permisos correspondientes y la ejecución de medidas tendientes a abordar el riesgo.
Por último, y como cuarta medida, la empresa deberá informar la metodología que se utilizará para realizar el levantamiento de información y la liberación del área, con el fin de verificar la presencia de Salamanqueja del Norte Grande (Phyllodactylus gerrhopygus) y Corredor de Arica (Microlophus yanezi) dentro del área de influencia del proyecto.
Para más detalles de las Medidas Urgentes y Transitorias, ingresar al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), a través del siguiente link: https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/476