- La empresa fue sancionada por no reportar los autocontroles exigidos en su Programa de Monitoreo de residuos industriales líquidos (RILES), entre abril y diciembre de 2023.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) finalizó un procedimiento sancionatorio contra la empresa Viñedos y Bodegas Las Pircas Limitada, ubicado en la comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana.
El titular, dedicado a la producción de vinos, dispone de un sistema de tratamiento de RILES que cuenta con una autorización ambiental (RCA), además de una resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios que establece un Programa de Monitoreo (RPM) para la descarga de residuos generados en el proceso de vinificación. Esta resolución determina los parámetros a monitorear, el cumplimiento de ciertos límites máximos y rangos establecidos, así como la entrega mensual de autocontroles.
Pese a esto, durante las fiscalizaciones realizadas por la SMA —en el marco del programa de fiscalización por norma de emisión— se constató que el titular no reportó los monitoreos de autocontrol establecidos en su RPM durante los meses de abril a diciembre de 2023.
En particular, no se ingresaron al Sistema de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) los reportes correspondientes al punto de descarga denominado “Punto 1 Canal Fajardino”, ni los informes de muestras de laboratorio asociados. Ante esto, la SMA inició una formulación de un cargo leve contra el titular.
De esta forma, y tras el análisis de la información levantada durante la investigación, el procedimiento administrativo sancionatorio y la clasificación de las infracciones, el titular deberá pagar una multa de 37 UTA, que asciende a $30.753.660.
Cabe destacar que, la norma de emisión Decreto Supremo N° 90/2000, tiene por objetivo de protección ambiental prevenir la contaminación de las aguas marinas y continentales superficiales, mediante el control de contaminantes asociados a los residuos líquidos que se descargan a estos cuerpos receptores.
La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, destacó que “esta sanción se asocia al incumplimiento del programa de monitoreo de RILES y de la norma de emisión para contaminantes asociados a estas descargas, considerando que, al no reportar los autocontroles, se obstaculiza la verificación del funcionamiento del sistema de tratamiento”.
Revisa el expediente del caso en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3949


